CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO
La
nueva Constitución Política del Estado (CPE) establece el marco de las
políticas económicas que fijan los cursos de acción en los distintos ámbitos
sectoriales de la economía. En lo que respecta a la Política Fiscal por el lado de los ingresos, la CPE determina que
ésta se basa en los principios de capacidad económica, igualdad, progresividad,
proporcionalidad, transparencia, universalidad, control, sencillez
administrativa y capacidad recaudatoria.
FUENTES DEL DERECHO TRIBUTARIO
Triangulo
del tratadista Hans Kelsen
Con
carácter limitativo, son fuente del Derecho Tributario con la siguiente prelación
normativa:
- Constitución
Política del Estado
- Convenios
y Tratados Internacionales aprobados por el Poder Legislativo
- Código
Tributario
- Leyes
- Decretos
Supremos
- Resoluciones
Supremas
Disposiciones de
carácter general dictadas por los órganos administrativos facultados para el
efecto con las limitaciones y requisitos de formulación establecidos en este
Código
CÓDIGO TRIBUTARIO BOLIVIANO
descargar: http://medios.economiayfinanzas.gob.bo/VPT/documentos/Ley_2492_y_concordada.pdf
El Código Tributario es un conjunto orgánico y
sistemático de disposiciones y normas que regulan la materia tributaria en
general; contiene los principios fundamentales del derecho tributario sustantivo
y administrativo, sin regular a ningún tributo en particular, sus disposiciones
son aplicables a todos los impuestos, tasas y contribuciones que forman parte
del Sistema Tributario vigente en el país, así como a las relaciones jurídicas
tributarias entre la Administración Tributaria y los Sujetos Pasivos, sean
contribuyentes o sustitutos, terceros responsables, agentes de retención y/o
información.
El Código Tributario Boliviano fue aprobado
por Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003 y su actual Texto Ordenado fue dispuesto
por Decreto Supremo N° 27947 de 20 de diciembre de 2004, Anexo I, publicado el
18 de febrero de 2005. Por la dinámica propia del ámbito tributario, este
Código ha sido complementado y, en algunos casos, modificado a lo largo de los
últimos años.
Es la primera Norma en materia Tributaria a la que se hace referencia es
el Código Tributario Boliviano, cuyas disposiciones establecen los principios,
las instituciones, los procedimientos y las normas fundamentales que regulan el
régimen jurídico del Sistema Tributario Boliviano donde clasifica y define a
los impuestos o tributos de carácter Nacional, Departamental, Municipal y
Universitario.
Un sistema tributario es entendido como un contrato social entre Estado
y ciudadanía a través del cual se recaudan ingresos públicos, los cuales se
deben redistribuir a la sociedad para satisfacer sus necesidades. Es deseable
para un sistema óptimo, que cumpla con el principio de equidad y minimice las
distorsiones en la economía, además de ser progresivo, donde la presión fiscal
sea baja para las personas de ingresos bajos.
En Bolivia el sistema tributario ha sufrido cambios durante el tiempo de
vida que tiene el país, de manera particular quizás cobró mayor relevancia con
la crisis de los años 80 y la posterior implementación de la Ley 843 de Reforma
Tributaria (1986), la cual tenía como objetivos: crear una base tributaria
amplia y una estructura de tributos que sea de fácil administración
En la actualidad, en nuestro país se visualiza que los principales
impuestos tienen una elasticidad mayor a uno, lo que hace al sistema tributario y por ende
a la recaudación sostenible en el tiempo; otros indicadores también muestran
una buena performance del sistema tributario en los últimos siete años. Existe
buena distribución de las fuentes de financiamiento, de tal forma que algunas
vulnerabilidades se compensan con la fortaleza de otros indicadores. Dea
acuerdo a lo señalado por la Cepal del 2013, Bolivia se encuentra con una de
las presiones tributarias más altas de América Latina y el Caribe, debido al
incremento de las recaudaciones, incluso excluyendo la participación del
Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH).



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